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GOBIERNO Y POLÍTICA

Normativa del pueblo Guna

Mediante ley del 4 de junio de 1870, de Colombia, fue creada la Comarca Tulenega,[3]​ que incluía además del actual territorio de la Comarca Guna Yala, el de varias de las comunidades de la comarca de Wargandí, como Mortí, Asnadi y Sogubdi, así como también el de comunidades de la comarca de Madugandí, como Tiuarsicuá, y las comunidades Guna de Colombia, como Tanela y Arquía. La extensión territorial de la Comarca Tulenega abarcaba desde la provincia de Colón llegando hasta el golfo de Urabá, Colombia. La jefatura de gobierno de la comarca era ejercida por un comisario general, nombrado por el gobierno central. La ley reconocía además a los Guna, la propiedad de la tierra en la Comarca.

Tras la separación de Panamá en 1903, fue completamente desconocida la Ley de 1870, y además, el territorio de la anterior comarca, quedó dividido de hecho, en dos partes: la parte mayoritaria quedó en la nueva nación panameña, mientras que una pequeña porción quedó en Colombia.


Despúes de la Revolución Guna dw 1925 y el tratado de paz posterior, estableció el compromiso del gobierno de Panamá de proteger los usos y costumbres Gunas. Los Gunas a su vez, aceptaban el desarrollo del sistema escolar oficial en las islas. La brigada policial sería expulsada del territorio indígena y todos los prisioneros liberados. Las negociaciones que pusieron fin al conflicto armado, constituyeron un primer paso para establecer el estatus de autonomía de los Guna y recuperar la cultura que se estaba perdiendo.

Con base en el artículo 5° de la Constitución de 1904, que dice que permite que la ley cree divisiones políticas con regímenes especiales o por razones de conveniencia administrativa o de servicio público, la legislación sobre territorios indígenas en Panamá comenzó a ser definida con el establecimiento de la Comarca de San Blas por medio de la ley Nº 2 del 16 de septiembre de 1938,[3]​ incluyendo áreas de las provincias de Panamá y Colón, y luego, con la definición de sus límites y administración mediante la Ley Nº 16 del 19 de febrero de 1953.[3]​ Su nombre fue cambiado a Kuna Yala mediante ley Nº 99 de 23 de diciembre de 1998.[3]

Actualmente, de acuerdo con el fallo de la Corte Suprema de Justicia, del 23 de marzo de 2001, las Comarcas tienen una organización político-administrativa distinta e independiente a la de los Distritos y Corregimientos. Las Comarcas se rigen de acuerdo a las instituciones especiales propias; y según resolución de Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, del 6 de diciembre de 2000, una de las instituciones es el consentimiento de los pueblos indígenas en los proyectos que pretendan desarrollarse en sus territorios.


La estructura gubernamental de Guna Yala es definida en la Ley Orgánica 16 de 1953. El Congreso General Guna es la máxima autoridad política de Guna Yala, consiste en representantes de todas las comunidades de Guna Yala y se reúnen dos veces al año. Los votos son tomados por cada sagla de la comunidad.

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